Acerca del CNED
Funcionamiento
De acuerdo a la Ley General de Educación, el Consejo se rige por un reglamento que fija los tipos y periodicidad de las sesiones, las modalidades de funcionamiento interno, los quórum de sesión y de acuerdo, y las causales de pérdida del cargo.
Para sesionar, el Consejo requiere de la mayoría absoluta de sus integrantes y sus acuerdos se adoptan por mayoría absoluta de sus miembros presentes. En caso de empate, dirime el voto de su Presidente.
El Secretario Ejecutivo del Consejo, designado por éste, es su ministro de fe y quien debe cumplir sus acuerdos, pudiendo, para tales efectos, celebrar los actos y contratos que sean necesarios.
El Secretario Ejecutivo actúa como tal en las sesiones del Consejo sólo con derecho a voz.
El acuerdo 015/2008, establece un procedimiento especial para resolver conflictos de intereses que pudieran presentarse en el Consejo.