Educación Superior
Apelaciones
Acreditación institucional
Las instituciones de educación superior podrán apelar ante este Consejo, en el plazo de 15 días hábiles, respecto de las decisiones de acreditación institucional adoptadas por la Comisión Nacional de Acreditación. El Consejo deberá resolver las apelaciones en el plazo de 30 días hábiles.
El procedimiento para apelar está regulado por el artículo 23 de la ley 20.129 y la Circular 113/2008, de este Consejo.
En el ejercicio de esta función, el Consejo ha adoptado los siguientes acuerdos que resuelven las apelaciones interpuestas por instituciones de educación superior en contra de acuerdos de acreditación institucional adoptados por la Comisión Nacional de Acreditación:
Apelaciones resueltas: