Las Bases Curriculares establecen Objetivos de Aprendizaje (OA) que definen los desempeños mínimos que se espera que los estudiantes logren en cada asignatura y nivel de enseñanza. Los objetivos integran habilidades, conocimientos y actitudes que se consideran relevantes para que niños, niñas y jóvenes alcancen un desarrollo armónico e integral, que les permita enfrentar su futuro con las herramientas necesarias y participar de manera activa y responsable en la sociedad.
Las Bases Curriculares reemplazan los Objetivos Fundamentales y Contenidos Mínimos Obligatorios que proponía la LOCE, centrándose en Objetivos de Aprendizaje (OA) por curso y asignatura, los cuales deben ser adecuados a la edad de los estudiantes, estar debidamente secuenciados y ser abordables en el tiempo escolar disponible para cada nivel y modalidad, considerando el tiempo de libre disposición. Asimismo, contempla Objetivos de Aprendizaje Transversales (OAT) para el ciclo.
La transición curricular ha sido gradual, es por esto que se mantienen vigentes los Objetivos Fundamentales (OF) y Contenidos Mínimos Obligatorios (CMO) del Marco Curricular (1998) y Ajuste Curricular (2009) para algunos niveles y modalidades. Los Objetivos Fundamentales (OF) corresponden a las competencias que los alumnos deben lograr en los distintos períodos de su escolarización, para cumplir con los fines y objetivos generales y requisitos al finalizar los distintos niveles de enseñanza de educación básica y media. Por su parte, los Contenidos Mínimos Obligatorios (CMO) son los conocimientos específicos y prácticas para lograr destrezas y actitudes que los establecimientos deben obligatoriamente enseñar, cultivar y promover para cumplir los objetivos fundamentales establecidos para cada nivel.
En este mismo ámbito, el Consejo Nacional de Educación debe pronunciarse acerca adecuaciones curriculares para poblaciones específicas. Estas permiten la operacionalización de requerimientos educativos específicos, personales o contextuales, que necesitan de ajustes especiales al currículo con el propósito de garantizar la igualdad en el derecho de la educación. Si bien el MINEDUC puede crear nuevas modalidades especiales, la Ley General de Educación nombra las de educación especial o diferencial (por ejemplo: escuelas especiales, proyectos de integración, aulas hospitalarias, educación de talentos) y la de adultos.
Tanto para las Bases Curriculares, sus ajustes y modificaciones, como para las adecuaciones curriculares el Consejo ha establecido criterios de evaluación conforme los cuales analiza las propuestas que formule el Ministerio de Educación.